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| Decisiones del dia 23/07/2010 |
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| N� Expediente :
5675
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N� Sentencia :
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Fecha: 23/07/2010 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares Por Intimación |
Partes: EMPRESA COSMETICOS AMODIO, C.A. CONTRA MARIA DE LA CRUZ GAFARO VILLABONA |
Resumen:
Es por lo que este tribunal por los razonamientos anteriormente expuestos y administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN de la Instancia en el presente juicio. En consecuencia, se ordena librar boleta de notificación a la parte demandante, indicando lo aquí declarado, según lo establecido en el articulo 233 del Código de Procedimiento Civil y una vez que conste en autos haberse notificado a la misma, comenzara a correr el lapso para la interposición de los recursos que a bien pueda considerar. Para la práctica de la notificación de la parte actora, se comisiona al Juzgado de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción del Estado Táchira. Líbrese la referida boleta junto con su despacho y remítase con oficio al Juzgado comisionado de conformidad con el artículo 235 eiusdem.
El Juez,
Abog. Ramón E. Butrón V.
La Secretaria,
Abog. Johana C. Briceño.
En la misma fecha se dio cu.....
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Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
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Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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| N� Expediente :
11761
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N� Sentencia :
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Fecha: 23/07/2010 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: ELBA ESPERANZA FRIAS DE CAÑIZALES |
Resumen:
TERCERO: Por consiguiente, vistos los principios de las leyes adjetivas y sustantivas Civil, este Tribunal Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael De Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente solicitud, de conformidad con el Artículo 267, eiusdem, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y ordena:
irar boleta de notificación a la solicitante, indicando lo aquí declarado, según lo establecido en los artículos 233 del Código de Procedimiento Civil, y entréguese al Alguacil de este Tribunal para que practique la misma.
B) Déjese copia certificada del presente auto en el Archivo del Tribunal. Cúmplase.
El Juez,
Áog. Ramon Eduardo Butrón Viloria
La Secretaria,
Abog. Johana Carolina Briceño de Núñez.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado
La Secretaria
Abog......
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Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
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Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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| N� Expediente :
5711
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N� Sentencia :
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Fecha: 23/07/2010 |
Procedimiento: Divorcio 185-A |
Partes: JULIO CESAR TORRES DELGADO Y LIZDEY LISIBETH DUGARTE SOSA |
Resumen:
TERCERO: Por consiguiente, vistos los principios de las leyes adjetivas y sustantivas Civil, este Tribunal Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael De Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, de conformidad con el Artículo 267, ordinal 1° del código de Procedimiento Civil, por cuanto no se encuentra en estado de sentencia, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y ordena:
A) Librar boleta de notificación a la parte demandante, indicando lo aquí declarado, segun lo establecido en los artículos 233 deI Código de Procedimiento Civil, paraque practique la misma, conforme al articulo 235 eiusdem y una vez que conste en autos dicha actuación comenzará a correr el lapso para la interposición de los recursos que a bien considere.
B) dejese copia certificada .....
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Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
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Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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| N� Expediente :
11563
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N� Sentencia :
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Fecha: 23/07/2010 |
Procedimiento: Entrega Material |
Partes: ISABEL MARIA BECERRA DE VILORIA |
Resumen:
TERCERO: Por los razonamientos anteriormente expuestos es por lo que este tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Perención de la Instancia en el presente juicio, por cuanto no se encuentra en estado de sentencia, de acuerdo a lo establecido en el articulo 267, ejusdem. En consecuencia se ordena librar boleta de notificación a La parte demandante, indicando lo aquí declarado,
c establecido en el articulo 233 eiusdem y una vez que conste en autos -a:ese notificado a la misma, comenzará a correr el lapso para la :eoosición de los recursos que a bien pueda considerar los mismos. Se acuerda entregar la boleta de notificación a la alguacil, para su practica
respectiva
El juez
Abog. Ramon E. Butrón V
La Secretaria
Abog. Johana Carolina Briceño Núñez
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
RE BV/jcbn/J uan Solicitud No 11 .563
La Secretaria,
Abog. Johana Carolina Briceño.....
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Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
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Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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| N� Expediente :
5695
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N� Sentencia :
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Fecha: 23/07/2010 |
Procedimiento: Divorcio 185-A |
Partes: JOSE DOMINGO CANO MARQUINA Y MARLENE DEL CARMEN PAREDES |
Resumen:
TERCERO: Por las razones antes expuestas, este tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio de conformidad con lo establecido en los artículos 267, Ordinal 1° y 269 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena librar
boleta de notificación a los interesados, indicando lo aquí declarado, según lo establecido en el articulo 233 eiusdem y una vez que conste en autos haberse notificado a la misma, comenzará a correr el lapso para ¡a interposición de los recursos que a bien pueda considerar los mismos. Se acuerda entregar la boleta de notificación a la alguacil, para su practica respectiva.
CUARTO: por cuanto se observa en el escrito libelar no señalaron el domicilio procesal es por lo que se observa obrar conforme a la sentencia de la Sala Constitucional, "El domicilio procesal no se encontraba constituido por la demandada y por ello el juez, frente.....
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Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
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Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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| N� Expediente :
5704
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N� Sentencia :
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Fecha: 23/07/2010 |
Procedimiento: Rectificacion De Partida De Nacimiento |
Partes: MARIA ALEJANDRA PEREZ |
Resumen:
TERCERO: Por consiguiente, vistos los principios de las leyes adjetivas y sustantivas Civil, este Tribunal Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael De Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, de conformidad con el Artículo 267, ordinal 1° del código de Procedimiento Civil,
por cuanto no se encuentra en estado de sentencia, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y ordena:
CUARTO: por ccuanto se observa en el escrito libelar no señalaron el domicilio
procesales por lo que se observa obrar conforme a la sentencia de la Sala Constitucional, "El domicilio procesal no se encontraba constituido por la demandada ypor ello el juez. frente a esta situación, actuó ajustado a derecho cuando ordenó la notificación de las partes de acuerdo a lo que imperativamente.....
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Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
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Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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| N� Expediente :
5702
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N� Sentencia :
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Fecha: 23/07/2010 |
Procedimiento: Rectificacion De Partida De Nacimiento |
Partes: MARIBEL CAROLINA PEREZ FLORES |
Resumen:
TERCERO: Por consiguiente, vistos los principios de las leyes adjetivas y sustantivas Civil, este Tribunal Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael De Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, de conformidad con el Artículo 267, ordinal 1° del código de Procedimiento Civil,
por cuanto no se encuentra en estado de sentencia, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y ordena:
A) Librar boleta de notificación a la parte demandante, indicando lo aquí declarado, según lo establecido en los artículos 233 del Código de Procedimiento Civil y líbrese despacho de notificación al Juzgado de los Municipios Valera de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, para que practique la misma, conforme al articulo 235 eiusdem y una vez que conste en autos dicha actua.....
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Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
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Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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| N� Expediente :
5712
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N� Sentencia :
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Fecha: 23/07/2010 |
Procedimiento: Divorcio 185-A |
Partes: JUAN ANTONIO HIDALGO BECERRA Y MARÍA DOLORES GONZÁLEZ SUÁREZ |
Resumen:
SEGUNDO: Se observa que desde la fecha de admisión por este tribunal de la demanda, según consta al folio siete (07), las partes solicitantes ciudadanos JUAN
ANTONIO HIDALGO BECERRA y MARIA DOLORES GONZÁLEZ SUÁREZ, no
realizaron actuación alguna dando impulso procesal para llevar a efecto la notificación de la Fiscal del Ministerio Publico, transcurriendo así mas de un (1) mes, lapso que excede al establecido en el Ordinal 1° deI artículo 267 deI Código de Procedimiento Civil, y conforme a lo establecido en el artículo 269 eiusdem, la perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes, la cual puede ser declarada de oficio por este tribunal.
TERCERO: Por las razones antes expuestas, este tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio de conformidad con lo establecido en los artículos 267, Ordinal 1° y 269 deI Código de Procedimiento Civil. En con.....
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Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
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Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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| N� Expediente :
5275
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N� Sentencia :
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Fecha: 23/07/2010 |
Procedimiento: Divorcio |
Partes: YOLAIDA DEL CARMEN VIERAS BRICEÑO Y ALBINO JOSÉ ROMAN |
Resumen:
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALERA, MOTATAN, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y ESCUQUE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACION DEL DESISTIMIENTO planteado en fecha 21 de Julio de 2010, por la ciudadana MARÍA ANDREINA CAMACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.718.248, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 111.955, plenamente identificada en autos y apoderada de la ciudadana YOLAIDA DEL CARMEN VIERAS BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° 9.168.162.-
Dado el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, hay condenatoria en costas del desistimiento.-
Publíquese y registrese.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en Valera a los veintitrés (23) .....
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Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
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Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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| N� Expediente :
5364
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N� Sentencia :
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Fecha: 23/07/2010 |
Procedimiento: Daños Y Perjuicios |
Partes: DELGADO DE MENDOZA MATEA CONTRA GONZÁLEZ DE PEÑA MARÍA DE LA PAZ |
Resumen:
Ahora bien, en atención a lo antes expuesto considera menester este tribunal, en virtud a los hechos observados, acoger la doctrina Patria del Procesalista Patrick Baudin, Código de Procedimiento Civil, específicamente en Comentario de la Obra del Dr. Duque Sánchez. Procedimientos Especiales Contenciosos (Editorial Sucre, Caracas, página 277), que lee: "Si la obra vieja ya ha ocasionado algunos perjuicios, no prosperaría en este caso la denuncia, sino la acción ordinaria de daños y perjuicios..."
"...el interdicto de obra vieja o daño temido, tiene por finalidad otorgar la protección interina y no la reparación del daño causado, no puede establecer condena alguna al respecto, por carecer de titulo de ejecución, ya que, tal y como está dispuesto, no es un procedimiento que contenga un contradictorio en el cual se discutía si la obligación recae en efecto sobre el demandado, o que le permita en todo caso, cuestionarlo y que desemboque en un fallo que determine tal obligación..." (Sente.....
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Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
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Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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