DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por el Abogado José Alejandro Gil Luque, en su condición de Apoderado Judicial de la Caja de Ahorros y Préstamos de Empleados y Obreros de la Alcaldía del Municipio Morán del Estado Lara (CAPREOMOR), en contra de la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Tocuyo, en fecha 13 de Enero de 2005, donde el Juzgado aquo omitió pronunciarse sobre la indexación solicitada.
SEGUNDO: Se repone la causa al estado que se dicte nueva sentencia en la cual exista pronunciamiento expreso sobre la procedencia o no de la indexación solicitada.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes, por haber salido fuera de.....