III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, contra la sentencia dictada por el A quo en fecha 2 de mayo de 2016.
Se declara SIN LUGAR la demanda que por extinción de comodato verbal y entrega del bien inmueble presuntamente dado en comodato propusiera el ciudadano Giovanny Gallo Emmolo, contra el ciudadano Subhy Miguel Touma Askiogli, todos identificados.
SE ANULA el fallo apelado dictado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en fecha 2 de mayo de 2016.
Se condena en costas a la parte actora perdidosa.....