En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandante, contra la sentencia dictada por el A quo en fecha 1° de Junio de 2005.
Se declara SIN LUGAR la presente demanda que por cumplimiento de contrato propusiera el ciudadano JOSÉ ORACIO ABREU VILLARREAL, contra la sociedad de comercio INVERSIONES TURÍSTICAS Y RECREACIONALES, S.A. (INTURESA), todos identificados.
SE CONFIRMA el fallo apelado.
Se condena en las costas del recurso a la parte demandante perdidosa de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa el presente expediente, en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la .....