En Audiencia Preliminar, comparece la parte Actora MARIO DE JESUS VERGARA LINARES, asistido por el Procurador de Trabajadores Abogado JUAN ALFONSO VILORIA, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 63.005 y por la demandada: AUTO ESCUELA HORIZONTE, representada la ciudadana MARIA ANTONIETA DE JESUS MENDOZA BRICEÑO, asistida por el Abogado: JORGE KENEDDY HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 32.612; las llegan al siguiente acuerdo: La parte demandada ofrece pagar al demandante la cantidad de TRES MIL BOLIVARES, (Bs. 3.000,00) que serán cancelado en cinco pagos de QUINIENTOS BOLIVARES cada uno, en fechas: El primero: en este Acto, mediante Cheque, del Banco Occidental de Descuento ( BOD) de fecha 01-06-2010, Segundo pago en fecha 08-06-2010, tercero: 15-06-2010, Cuarto: 22-06-2010, 29-06-2010 y el sexto y ultimo pago: 06-07-2010. la parte actora acepta y conviene. El Tribunal Homologa el Acuerdo de las partes.