DESICIÓN DEL TRIBUNAL
De conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual hace referencia a que el imputado puede solicitar la revisión o sustitución de la medida judicial de privación de libertad las veces que lo considere pertinente, en tal sentido este Tribunal de Primera Instancia Penal, estima que dicha solicitud es admisible, siendo así se revisa la medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad decretada por el Tribunal de Control N° 04, al ciudadano Moisés de Jesús Hernández, titular de la Cédula de Identidad N° 5.792.217, al respecto observa esta juzgadora, que el referido ciudadano se le impuso la presentación ante el Tribunal cada treinta (30) días, evidenciándose que ha cumplido cabalmente con tales presentaciones, según consta en el Sistema Iuris 2000, así como ha comparecido a todos los actos fijados por el Tribunal, lo que demuestra su voluntad de someterse al proceso que se le sigue, este Tribunal considera PR.....