En mérito de lo anteriormente expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abogado MIGUEL SEQUERA ADRIANI, actuando en su condición de defensor privado del procesado: Oscar Jesús Colmenares Pérez, contra la decisión publicada en fecha 14 de mayo de 2012, por el Tribunal de Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, donde: "...Primero: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de los defensores de que se declare el decaimiento de la medida y en consecuencia se acuerda el mantenimiento de la medida de Privación judicial preventiva de libertad, de los ciudadanos EDUARDO JOSÉ LINARES y OSCAR JESÚS COLMENARES PÉREZ, de conformidad con los artículos 244, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se acuerda notificar a las partes de la presente dec.....