este Tribunal de oficio y de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 eiusdem, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. En el juicio que por NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA, sigue el ciudadano TORREALBA SILVA CREILES LORENZO, Contra el ciudadano RONALD LEOBALDO RODRIGUEZ SILVA, expediente asignado con el Nº 11448-10. Así se decide. Notifíquese a la parte actora. Y por cuanto tiene su domicilio en la Población de Buena Vista, Parroquia Buena Vista, se ordena la librar la referida boleta y remitirla al Juez de los Municipio Monte Carmelo del Estado Sucre, Miranda, Bolívar, La Ceiba, Andrés Bello y Monte Carmelo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.-Cúmplase.
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes.
.....