D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación intentada por la representación de la parte querellada en contra de la decisión dictada en fecha 20 de septiembre del 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, que declaró CON LUGAR la presente ACCIÓN DE INTERDICTO DE DESPOJO O RESTITUTORIO, incoado por el ciudadano VICENTE OMAR GUTIERREZ PAESANO contra los ciudadanos MARISOL ANDRADE DE PÉREZ, JEHOVÁ FRANCISCO PÉREZ GÓMEZ, CAROLINA DEL VALLE ROSAS DE CASTILLO, ROSALIO ENRIQUE CASTILLO REYES, OLIM ROCÍO VALERA DE PUCCIO, VINCENZO PUCCIO LA FRANCA Y PATRICIA ESCALONA. En consecuencia, se declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente Acción de Interdicto de Despojo o Restitutorio.
SEGUNDO: SE ORDENA a los querellados dar el acceso por las .....