III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de regulación de la competencia planteada de oficio por la Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Se declara que ES COMPETENTE la Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, para tramitar la solicitud de práctica de inspección judicial extra litem, incoada por la ciudadana BELKIS JOSEFINA ALDANA ZERPA, en representación de su menor hija DIOSCARY YUSNEIRY ARAUJO ALDANA.
A los fines previstos por el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil, remítase el presente expediente a la preindicada.....