Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 17 de diciembre de 2003 por el abogado RAFAEL ORELLANA, apoderado judicial de la parte demandante, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 15 de diciembre de 2003, en juicio intentado por el ciudadano CARLOS JOSÉ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.698.372, de este domicilio, contra el BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL, domiciliado en la ciudad de Caracas e inscrito por ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 30/09/1952, bajo el N° 488, tomo.....