Por el Trabajo efectivo intramuros del penado , resulta procedente declarar la Redención Judicial de la Pena solicitada por el penado, todo ello llevó a la Junta Rehabilitadota del Internado Judicial de Trujillo el suscrito juez, representación del Ministerio de Educación y Cultura, ministerio del trabajo y el Director del Internado Judicial Ruben Vitoria Bencomo a que realizaran un pronunciamiento favorable para el penado de autos. Y mediante conducta ejemplar.
De lo expuesto, este Tribunal acuerda la inmediata reforma del cómputo de pena al penado de conformidad con el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal resultando procedente declarar procedente la redención judicial al penado de autos. Y asi se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley.
Hágase las participaciones. Notifíquese a las partes
Cúmplase.