.......Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, presentada por ante este Despacho, en fecha 18-01-10, por la ciudadana ROSA ALVAREZ en su carácter de Consejero de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, procediendo en beneficio del niño (OMISION DEL NOMBRE CONFORME AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA),, de cuatro (4) años de edad, en la persona de su representante legal, ciudadana YULIMAR ALEJANDRA ESPINOZA CARRILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 15.230.952, en contra del ciudadano HERNAN ALI BARCO RODRÍGUEZ.............