Este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, en Funciones de Control Nº 11, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se pronunció en los siguientes términos:
Visto que la acusación fiscal cumple con los requisitos previstos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, previa verificación de los fundamentos de la imputación presentados por la Fiscalía, surgen elementos de convicción de la autoría en el hecho ilícito imputado y los elementos probatorios legales, pertinentes y necesarios para la realización del juicio oral y público, en consecuencia Decreta:
PRIMERO: se ADMITE LA ACUSACION fiscal contra la ciudadana acusada ILIANA VIRGINIA CARRASCO Meléndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.180.113, por el delito imputado y calificado por la fiscalía de Estafa, previsto y sancionado en el artículo 462 último aparte del Código Penal en perjuicio de ILIANA V.....