En consecuencia corresponde a este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictar las siguientes consideraciones: PRIMERO: Se admite la Acusación presentada y las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, en contra del ciudadano: HIDALGO VALLADARES JOSE LUCIA, titular de la cédula de identidad Nº 9.378.875, nacido en fecha 13-12-1968, natural de Valera de 41 años de edad, grado de instrucción cuarto año, ocupación comerciante, soltero, venezolano, hijo de Rafaela Hidalgo y Maximino Hidalgo, residenciado en: Sector Visnaca entrada por el parque Nacional Guaramcal Laguna de los Cedros, casa Nº 04 de color blanco y amarillo colonial, cerca de un Barrio Adentro Bocono estado Trujillo, por la comisión del delito de: VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una.....