Se dictó sentencia interlocutoria en la que este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA para conocer, sustanciar y decidir la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano DENNYS RAMÓN SISIRUCA CHUELLO, titular de la cédula de identidad número 11.617.816, asistido por el abogado FRANCISCO MONGELLI, inscrito en el IPSA bajo el número 75.156, contra el Inspector del Trabajo Jefe de la ciudad de Trujillo abogado JAVIER ALBERTO LUQUE QUINTERO, siendo competentes los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, en consecuencia se ordena su remisión a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo.