Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a la ciudadana Mary Ángela López de Chuello, para retirar ante el Ministerio de Educación, ubicado en la Urbanización Altagracia, esquina Salas con esquina Caja de Agua, Caracas, Distrito Capital, las cantidades que les corresponden por concepto de Prestaciones Sociales, pensión de sobrevivientes, Seguro de Vida y cualquiera otra que pudiera corresponderles, los montos pertenecientes a los niños y adolescente deberán ser consignados en este tribunal.