DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio Nº 3, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PRIMERO: se declara CULPABLES a los ciudadanos GREYSSON JOSUE SUAREZ TERAN, Nº V- 19.105.205 y LEIDERZON RAZET MENDEZ OCANTO, Nº V- 19.886.658, por la comisión de los delitos de ARREBATON Y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el unico aparte del articulo 456 del Código Penal y Art. 264 de la LOPNA, y en consecuencia se les condena por el procedimiento especial de admisión de hechos, a una pena de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES y quince (15) DIAS DE PRISION MAS LA ACCESORIAS DEL LEY, y se les exonera a los acusados de las costas procesales. SEGUNDO: se mantiene la medida cautelar sustitutiva impuesta en su oportunidad. TERCERO: notifíquese a la victima, y una vez firme la misma remítase el presente asunto a.....