por lo que este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del acta matrimonio, acompañada en copia certificada a los autos que conforman el presente expediente, y así se decide. En consecuencia, se ordena la rectificación del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro. 10, de los Libros de Registro Civil de Actas de llevados por el Tribunal Segundo se Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren, del Estado Lara, ya que en la referida acta, aparece errado los nombres de su padre, incurriendo así en el error material, al indicar el nombre de la siguiente manera: "JUAN ISRRAEL AREVALO BRACHO y HILVENIA DIAZ" siendo lo correcto "JUAN ISRAEL AREVALO BRACHO y ALIPA HILVENIA DIAZ".-
Ahora bien, de conformidad con lo establecido en los art.....