Se DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ABG. ERNESTO RODRIGUEZ LAMEDA, en su condición de co-apoderado de la parte demandante, ciudadano ALCIDES JOSE QUERALES, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en fecha 25 de Noviembre del año 2009, la cual en consecuencia queda así RATIFICADA. De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte apelante. Déjese copia certificada de la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.