En razón de lo anteriormente expuesto Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: Primero: Se acuerda el otorgamiento de la libertad inmediata del imputado JEAN CARLOS LINARES MATERANO, venezolano, de 25 años de edad, natural de Valera, en fecha 07-05-84, soltero, despachador de mercancía en Casa Amarilla, titular de la cédula de identidad N° 17.347.147, residenciado en Sabana Libre, casa s/n, sector el cano, como a 500 metros de la Estación del Pollo, vía Isnotu, Municipio Escuque, Estado Trujillo, Segundo: Se decreta medida cautelar sustitutiva de libertad, consistente en la presentación periódica ante este despacho cada ocho días, así como la prohibición de salida del territorio del estado Trujillo sin autorización del Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 en sus numerales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente boleta de libertad,.....