Se publica el texto del fallo por Admisión de Hechos, en la realización de la Audiencia Preliminar donde se dejó constancia de la incomparescencia de la demandada, declarando PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el Ciudadano: YHONNY ANTONIO VETENCOURT MEJIA, titular de la cédula de identidad Nº 10.263.141, representado Judicialmente por los Abogados LORENZO DE JESUS HIDALGO VALLADARES y RUBEN DARIO GIL OCANTO, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nº 104.986, 63.007 respectivamente , condenando a la parte demandada EMPRESA MERCANTIL GRUPO EMPRESARIAL "EL SOCORRO" C.A, representada legalmente por la ciudadana MARIA VICTORIA VILLAMIZAR BERRIOS DE ORTEGANO, titular de la cedula de identidad Nº 5.355.139, por la cantidad de Bs. 17.918,39.