Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara:
PRIMERO: DE OFICIO LA PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, por falta de impulso procesal, en el presente expediente signado con el número A-0057-2010-2010, del juicio por PRESCRIPCION ADQUISITIVA, intentado por la ciudadana DELIA ROSA BERRIOS RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.326.974, representada por su apoderado VICTOR CARDOZA DOMINGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social el Abogado bajo el número 101.918. en contra de la ciudadana ELIZAVETT OVONE BRICEÑO MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.494.596. Así se decide.
SEGUNDO: No condena en costas. Así se decide.
TERCERO: Notifíquese a la parte actora y/o en su a.....