Por todos los razonamiento antes expuestos este Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana LISBENY DEL VALLE GONZÁLEZ BRICEÑO plenamente identificada a favor de LUÍS ÁNGEL PACHECO GONZÁLEZ, contra el ciudadano: JAVIER ALFONSO PACHECO MONTAÑA.- En consecuencia: PRIMERO: Se fija la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200,00) mensuales y el doble de dicha cantidad en el mes de diciembre como bonificación de fin de año (aguinaldos), y el 50% para gastos relacionados a calzado, vestuario, medicina y asistencia medica y otros gastos que se puedan presentar, la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, que a su hijo antes mencionado le debe pasar su padre JAVIER ALFONSO PACHECO MONTAÑA, plenamente identificado en autos, desde este mes y año, dicha cantidad.....