Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley ordena la partición del acervo hereditario dejado por los de cujus Julia González de Rebolledo y Tiburcio Rebolledo constituido por: 1) una (1) casa con local anexo (bienhechurías), ubicado en el Barrio Las Nieves, Sector el Cují, Calle Las Flores, carretera vieja de los Teques, Parroquia Caricuao, Municipio Libertador, Distrito Federal (Hoy Distrito Capital) y cuyos linderos son: NORTE: Catorce (14) metros con casa de Trina Prieto, SUR: Trece (13,20) metros con veinte centímetros con calle Las Flores y casa de Valeriano Soto; ESTE: Catorce (14,40) metros con cuarenta centímetros con calle Las Flores y casa de Teodora Fisneda, OESTE: Trece (13,70) metros con setenta centímetros con carretera vieja de los Teques y Escuela Isaura Correa, según Título Supletor.....