Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: SE NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR DE AMPARO A LA POSESION requerida por el abogado en ejercicio ADRIAN DE JESUS PEREZ CASTELLANOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 272.233, en su condición de apoderado del ciudadano JOSÉ GERARDO TERÁN MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 12.458.538 (parte actora-solicitante), en el juicio que por ACCION POSESORIA POR RESTITUCIÓN A LA POSESION AGRARIA incoara en contra del ciudadano JUAN CARLOS MORILLO TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 20.402.385. Así se decide.
SEGUNDO: Notifíquese la parte solicitante y/o en la persona de su apoderado judicial. Así se decide.