En consecuencia, y en torno a lo antes expuesto, resulta forzoso para este juzgador, declarar ADMISIBLE los recursos ordinarios de apelación interpuestos mediantes escritos de fecha 25 de abril del presente año y 26 de abril de 2017, presentados el por el ciudadano abogado JOSÉ RAMÓN RUMBOS MORILLO, en su carácter de de Defensor Público Agrario, actuando en representación de los Terceros Intervinientes en este Juicio, y la ciudadana abogada IVANORA ZAVALA RODRÍGUEZ, en su carácter de co-apoderado judicial del Instituto Nacional de Tierras, respectivamente, contra la sentencia dictada por este Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los estados Miranda y Vargas, en fecha 17 de abril de 2017. Y así se decide.
Por último, se ordena la remisión del expediente para la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines que conozca de las apelaciones interpuestas. Líbrese oficio.