tienen facultades para desistir y disponer del derecho en litigio según consta en el poder que corre inserto a los folios 144 al 146, razón por la cual este Tribunal HOMOLOGA el mismo, dándole el carácter de cosa juzgada y se abstiene del archivo definitivo del expediente, hasta que quede definitivamente firme esta decisión. Así se decide.
Y en cuanto a la solicitud de que le devuelva los documentos originales del presente expediente, este Tribunal observa, que la parte actora no especificó los folios donde se encuentran los documentos que solicita, en consecuencia, se emplaza a la parte interesada a que señale el número de los folios donde se encuentra los documentos. Cúmplase.-
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes.
La Secretaria Titular,
Abg. Diana Isea Briceño.
AGP/nvam.-