declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación de auto interpuesto por la Abg. MILAGROS DEL CARMEN ROJAS URBINA, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Interina adscrita en la Fiscalia Tercera del Ministerio Público del estado Trujillo, en la causa penal Nº TP01-P-2011-000587, donde aparece como Imputado los ciudadanos MIREYA DEL CARMEN GRATEROL PACHECO y SEGUNDO FERNANDO PERNIA TREJO, recurso éste ejercido en contra del Auto de fecha 18 de Marzo de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, que decreta: "... la prescripción y la extinción penal seguida al ciudadano (s) MIREYA DEL CARMEN GRATEROL PACHECO y SEGUNDO FERNANDO PERNIA TREJO, conforme lo establecido en el Artículo 108 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal por el delito de Estafa Continuada, conforme al artículo 462 del Código Penal, en concordancia con el artículo 99 eiusdem, por las asociaciones Civiles, Esnogué, Los Pinos. S.....