razón por la cual el Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación, homologando el mismo, solo en lo que se refiere al desistimiento realizado por la ciudadana Edianeth María Peraza Carrizo, así mismo se hace saber que la presente causa continuara su curso normal con el codemandado, ciudadano Francesco José Schettini Randazzo. Así se decide.
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Mendoza Escalante.
El Secretario Temporal,
Abg. Jesús Plaza.