En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Niega la entrega del vehículo MARCA YAMAHA, MODELO DX, 100, COLOR ROJO, USO PARTICULAR, TIPO PASEO, PLACAS AA2152K, SERIAL DE CARROCERIA 38N05598, solicitado por el ciudadano ALFREDO JOSE DIAZ PEÑA, Cédula de Identidad (...). SEGUNDO: Se ordena la remisión al despacho de la Fiscalía 7ma del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial la presente causa, a objeto de que se prosiga con la presente investigación y se esclarezcan las responsabilidades de ley tomando en consideración las irregularidades señaladas y que pueden configurar la comisión de un hecho ilícito penal contra la fe pública, una vez fenecido el lapso de apelación correspondiente, en acatamiento de lo dispuesto en el artículo 287 nu.....