D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 02, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano JOSÉ FRANCISCO SILVA DUM, anteriormente identificado, por la comisión del delito Robo de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el Artículos 5 y 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo, y por cuanto están dados los presupuestos de los Artículos 250, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal y la misma la cumplirá en el Centro Penitenciario de la región Centroccidental del Estado Lara. Cúmplase.-