C U A R T O:
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR, la demanda presentado por el ciudadano NELSON ARAUJO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.461.590, domiciliado en esta ciudad de Valera del Estado Trujillo, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio MAXIMO RANGEL PAREDES, titular de la cedula de identidad No. 9.172.463, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 46.740, el cual quedó agregado a los folios 1 y 2 del presente expediente, ocurrió por ante este tribunal para demandar al ciudadano YOVANNY DE JESUS ANTEQUERA ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.315.478, motivado a DESALOJO DE INMUEBLE.....