Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas N° 3 del Circuito Judicial Penal de la circunscripción Judicial del estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: que el penado, OMAR ENRIQUE MONTILLA, cédula de identidad N° 1375933, venezolano, hijo de María José Montilla y Francisco Rojas, domiciliado en el Tendal Boconó estado Trujillo, cumplió con la pena impuesta en fecha 3 de noviembre de 1997, por el Juzgado Superior Segundo en el Penal, de este Estado, quien lo condenó a cumplir la pena de QUINCE AÑOS DE PRESIDIO y accesorias legales correspondientes, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en agravio del ciudadano ARMANDO DARIO GRATEROL HERNANDEZ y en consecuencia se acuerda la EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL de conformidad con lo establecido en el artícul.....