En fuerza de lo anteriormente expuesto este JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO AGRARIO, CON SEDE EN TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY : DECIDE:
PRIMERO: Se declara con lugar la apelación ejercida por el Abogado ALEXIS REYES VALERO, Apoderado Judicial de los ciudadanos HECTOR JOSÉ MATOS RIVERO y ANTONIO RAMÓN RIVERO, en fecha diez (10) de marzo del presente año dos mil seis (2006), en lo que respecta al SEGUNDO APARTE, de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Obligación Alimentaría de esta Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de fecha tres (03) de marzo del presente año dos mil seis (2006), mediante la cual se condena en costas del incidente al demandante perdidoso.
SEGUNDO: Se revoca el segundo aparte del Dispositivo de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Obliga.....