En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana, LILIANA MORALES en contra del COLEGIO LISANDRO ALVARADO Por pago de Prestaciones Sociales de antigüedad, intereses vacaciones y utilidades.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a cancelar la suma TOTAL DE PRESTACIONES SOCIALES: UN MIL NOVECIENTOS DIEZ BOLIVARES CON 11 CENTIMOS (BsF.1.910,11) Y así se Decide