Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de diferencias en las prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano JOSE HONORIO ALARCON venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-9.389.449 contra la sociedad mercantil SERENOS RESPONSABLES, C.A. (SERECA), Sociedad mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito capital y Estado Miranda, en fecha 30 de octubre de 1986, bajo el No. 57, Tomo 34-A-SGDO. En consecuencia se ordena a la demandada a pagar al demandante los conceptos condenados en la motiva del presente fallo, SEGUNDO: Se.....