Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ADMITE el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar por el ciudadano WILLIAMS GILBERTO OCHOA GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nº 5.412,462, asistido por las abogadas LUISA GIOCONDA YASELLI PARES y LAURA CAPECCHI, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los números 18.205 y 32.535; respectivamente, en contra de los actos administrativos contenidos en las Resoluciones DM/SGE Nº 0074 de fecha 11 de marzo de 2010 y en la Resolución Nº DM Nº 497 de fecha 3 de octubre de 2012, emanadas de la Secretaría General Ejecutiva del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES EXTERIORES.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la solicitud de acción de amparo cautelar.