DECISIÓN
Con fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SU INCOMPETENCIA para conocer y decidir en primer grado la presente demanda de amparo constitucional y, en consecuencia, declina la jurisdicción en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial.
Se ORDENA remitir, con oficio, las presentes actuaciones al Juzgado Distribuidor de causas de primera instancia en lo civil y mercantil a los fines de su reparto. Anótese su salida.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en la ciudad de Trujillo, el tres (3) de diciembre de dos mil catorce (2014). 204º y 155º.
EL JUEZ SUPERIOR,
Abog. RA.....