III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Accidental Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la apoderada judicial de la demandada, contra la decisión proferida por el Tribunal de la causa el 21 de Marzo de 2012.
En consecuencia, SE ORDENA a la demandada, ciudadana Evelia del Carmen Moreno Paredes, ya identificada, entregar al demandante, ciudadano Mario Barrios Lobo, igualmente identificado, el inmueble conformado por dos (2) locales comerciales ubicados en la calle San Juan de la población de Monte Carmelo, Parroquia y Municipio Monte Carmelo del Estado Trujillo, desocupado de bienes y personas.
Se CONDENA en las costas a la parte demandada perdidosa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 281 del Código d.....