-IV-
-DECISIÓN-
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por la ciudadana CRISMAR DALLANA TORREALBA DE RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-16.530.344, actuando en calidad de representante legal y madre del ciudadano DAYMER GABRIEL RODRIGUEZ TORREALBA, venezolano, de veinte (20) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-30.588.351, quien padece de Autismo Crónico, debidamente asistida por la Abg. DAYERGIS YOANNEY SIVADA FREITEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 199.829, contra el ciudadano GOBERNADOR DEL ESTADO LARA, ALMIRANTE ADOLFO PEREIRA, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantí.....