Por las razones de Hecho y Derecho expuestas este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la Revisión de la Medida, Acuerda: PRIMERO: Se Declara Improcedente la Sustitución de la Privación de Libertad que cumple como Sanción el Joven ____ Titular de la Cédula de Identidad Nº ____ya identificado, Impuesta por los Delitos de ____previsto en el Artículo 458 del Código Penal, ____ previsto en el Artículo 418, Numeral 1 del Código Penal, ____ previstos en los Artículos 6, Numerales 1,2,3 y 10 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y Artículo 174 del Código Penal y ____ previsto en el Artículo 218 del Código Penal, al cumplir la Sanción Impuesta con los Objetivos fijados y no ser contraria al Proceso en desarrollo del Sancionado. SEGUNDO: Se Acuerda la Evaluación Psicológica Social y Criminológica de.....