Vista la Transacción de fecha 28 de Abril de 2.009, suscrita por los ciudadanos: Abogado en ejercicio CARMEN HERMINIA PACHECO VELASQUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 124.076, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ANTONIO TIRADO, identificado ut supra; y el ciudadano ANGEL EDUARDO CHACIN BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-5.762.290, de este domicilio, asistido por el Abogado PEDRO JOSE PEÑA SEGOVIA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 111.882, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y conforme a lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, imparte su aprobación, HOMOLOGANDO dicha Transacción y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Y se abstiene del Archivo definitivo del presente expediente hasta que se haga la entrega material del Inmueble Arrendado. Expediente.....