En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
A solicitud del Ministerio Público, se acuerda imponer Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad a favor del ciudadano WASIM AL CHAER, nacido en Siria el 04/02/04, de 32 años de edad, hijo de Silman Al Chaer (f) y Nofalia Hanewi (v), residenciado en carrera 16 entre 58 y 59 casa Nº 48-55 de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de Uso de Documento Público Falso, previsto y sancionado en el artículo 323 en concordancia con el artículo 320 ambos del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en los ordinales 3º, 4º 9º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 258 ejusdem, ordenándose la tramitación de la causa por las vías del procedimiento penal Ordinario. Líbrense oficios informand.....