Por las razones antes expuestas, este de Tribunal de Control N° 6, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: Primero: de conformidad con lo establecido en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la acto de reconocimiento en rueda de individuos a ser realizado por los ciudadanos LILIANA COROMOTO MAAZ PEREZ, EDILIO TOLOZA CARDENAS, FRANCISCO ANTONIO LEON UMBRIA, AMADO ANTONIO MAAZ PEREZ, JAVIER ANTONIO REINOSO MUÑOZ y NANCY JOSEFINA PEREZ ante este Tribunal de Control como prueba anticipada el día lunes 10-06-2008 a las 1:30 p.m. sobre los ciudadanos JOSE VICTOR RUIZ ROSARIO Y JHONATHAN JOSUÉ GONZALEZ PEREZ, señalados como imputados a ser reconocidos. Segundo: de conformidad con lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija para las 3:00 p.m. del día 12-06-2008, la prueba de reconocimiento del vehículo un vehículo marca chevrolet, modelo C350, chasis C, placas 91J-M.....