Por las razones de hecho y derecho expuestas a lo largo de esta resolución, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la revisión de la sanción, declara Procedente, la sustitución de las medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, impuestas conjuntamente a los jóvenes sancionados ____por la medida de Imposición de Reglas de Conducta, en los términos y condiciones expuestos en el fallo, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente hasta la finalización de la sanción o hasta la fecha de su sustitución por una menos gravosa. Se acuerda notificar a las víctimas sobre lo decidido en esta audiencia.