D I S P O S I T I V A:
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con Sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de la Acta de Matrimonio de los ciudadanos: EMILCY DEL CARMEN LUCENTE DE PEREZ SEGNINI y RENE RICARDO PEREZ SEGNINI MENDOZA, plenamente identificados en autos, la cual se encuentra inscrita en el Libro que reposa por ante el extinto Juzgado del Municipio Pampán del Estado Trujillo, bajo el Nro. 6, de fecha 15 de Abril de 1988. En tal sentido, se ordena Asentar dicha nota marginal, en la referida acta, así como oficiar al Registrador Principal del Estado Trujillo, a los fines de que haga la correspondiente CORRECCIÓN en el Acta de Matrimonio de los ciudadanos: EMILCY DEL CARMEN LUCENTE DE PEREZ SEGNINI y RENE RICARDO PEREZ SEGNINI MENDOZA, y se e.....