D I S P O S I T I V A:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados por mandato de los Artículos 39 y 40 del Decreto con Rango y Fuerza de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, y 1.167 del Código Civil, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la presente Demanda por Cumplimiento de Obligación de Entrega del Inmueble Arrendado por Vencimiento de Término, intentada por la ciudadana: Elda Eloína del Carmen Hernández de Perdomo, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro.3.906.686, domiciliada en jurisdicción del Municipio Trujillo, Estado Trujillo, representada por la Abogada Mery Daboín Cardoza, inscrita en el I. P. S. A., bajo el Nro.14.606; Contra: Wendhy Guadalupe Cabrera Carmona, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad .....