Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la inhibición planteada por la Juez de Juicio N° 04 Abg. FANNY ELIZABETH TERAN, en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 86 numeral 7° y 87 del Código Orgánico Procesal Penal.