En base a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto que en el presente caso se encuentran llenos los extremos de ley, AUTORIZA suficientemente a la ciudadana DESIREE YAMIRA TURBAY RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.072.112, para tramitar y ejecutar el cobro de dinero y pólizas de vida por concepto de la declaración de Únicos y Universales Herederos, que le corresponden a sus hijos, el adolescente y niña (IDENTIDAD OMITIDA), en los beneficios económicos que dejó el De Cujus LUIS SAMUEL SALDIVIA RENGEL, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.446.439; ante las empresas aseguradoras SEGURO MERCANTIL, C.A, SEGURO PROVINC.....